Aquellos autónomos que realicen actividades de naturaleza profesional o artística que tienen la consideración de rendimientos de actividades económicas deben emitir sus facturas con retención del 15% de IRPF (7% durante el primer ejercicio de actividad y los dos ejercicios naturales siguientes).
Por lo que, si eres profesional o artista autónomo estarás obligado a practicar retenciones del IRPF en tus facturas. Se aplicarán sobre la base imponible de tu factura y, a diferencia del IVA, se descuentan de la base. Reduciendo así tu liquidez y funcionando como un anticipo a cuenta del impuesto.
Las cantidades correspondientes a las retenciones tendrán que ingresarlas tus clientes en Hacienda (a través del modelo 111). Siempre es recomendable que una vez que termina el año pidas los certificados de retenciones a todos los clientes a los que has emitido facturas con retención para comprobar si las cantidades ingresadas y declaradas por ellos son correctas y coinciden con las que tú vas a declarar.
De esta manera, en el momento de presentar tu declaración anual de la Renta se regularizará la situación a efectos del impuesto y el total de retenciones soportadas por ti a lo largo del año e ingresadas por tus clientes en Hacienda, figurarán en tus datos fiscales y se tendrán en cuenta a la hora de determinar el resultado de la declaración, de la misma forma que los pagos fraccionados.
Escrito por Valeria
Actualizado hace más de un año