A lo largo del año, tendrás que haber registrado todas las retenciones que te hayan ido aplicando en el desarrollo de tu actividad. Lo normal es que la información venga ya suministrada por Hacienda, pues tus pagadores tendrían que haber ingresado directamente las retenciones.
No obstante, puede que incluyas más retenciones de las reportadas por Hacienda. ¿Cuándo ocurre esto? Por ejemplo, cuando tus pagadores no hayan presentado correctamente el Modelo 111 o cuando no hubieras cobrado todavía la factura. En relación con esto, se pueden dar dos situaciones:
- Hacienda no va a permitir aplicar retenciones de facturas que todavía no has cobrado. Por lo tanto, si es tu caso, te recomendamos elegir las retenciones que tiene Hacienda y, en cuanto cobres esas facturas, ponerte nuevamente en contacto con nosotros para modificar tu declaración ya presentada.
- En cambio, si has cobrado las facturas, sí podrás incluir la retención, y será obligación de tus pagadores ingresar esa retención en Hacienda. En cualquier caso, sería conveniente que, al finalizar el año, solicites a tus pagadores los certificados de retenciones para confirmar si ya las han ingresado o no.
En resumen, te recomendamos comprobar y comparar la información ya precargada con los registros que tengas en tu contabilidad. Según el motivo de la diferencia, tendrás que elegir uno u otro. En este artículo te indicamos cómo proceder en cada caso.
Escrito por Valeria
Actualizado hace más de un año