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¿Qué tengo que incluir en la amortización de la venta?
¿Qué tengo que incluir en la amortización de la venta?
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Escrito por Sebastian
Actualizado hace más de una semana

¿Cómo incluir la amortización en la venta de un inmueble?

El importe relativo a las amortizaciones fiscalmente deducible debe incluirse como gasto asumido en la venta de un inmueble y este importe se le restará al valor de adquisición.

¿Cómo podemos calcular el importe asociado a la amortización de un inmueble?

En primer lugar, hay que saber que este importe solo se incluirá en el caso de que el inmueble vendido haya sido arrendado en algún momento.

En caso de haber ido declarando la amortización del inmueble como gasto deducible del alquiler, habrá que incluir la suma de las amortizaciones fiscalmente declaradas.

En caso contrario, habrá que incluir la amortización mínima, cuyo cálculo depende del periodo en el cual fuera arrendado el inmueble:

1,5% x Valor de Adquisición (Hasta el 31 de diciembre de 1998)

2% x Valor de Adquisición (Hasta el 31 de diciembre de 2002)

3% x Valor de Adquisición (Desde el 1 de enero de 2003 en adelante)

Recuerda que, como valor de adquisición, habrá que tener en cuenta el mayor entre el importe efectivamente abonado por su adquisición (o el valor a efectos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en caso de adquirirse por herencia) o el valor catastral del inmueble.

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