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¿Qué es la amortización del inmueble?
¿Qué es la amortización del inmueble?
Sebastian avatar
Escrito por Sebastian
Actualizado hace más de una semana

Cuando alquilamos una casa, la ley nos deja restarle a los ingresos los gastos relacionados con el alquiler de la misma. Pues bien, dentro de estos gastos está la amortización.

La amortización consiste en incluir como gasto del alquiler la pérdida de valor que sufre el inmueble a lo largo de los años.

¿Y cómo se calcula?
No te preocupes, con los datos que te pedimos, nosotros hacemos los cálculos por ti. Pero si quieres saber cómo se calcula, sigue leyendo.

Si consideramos los datos del recibo del IBI, los datos fiscales de Hacienda o accedemos a la web del Catastro, veremos que en el valor catastral figuran dos valores:
- Valor catastral total
- Valor catastral de la construcción

Si dividimos el valor catastral de la construcción entre el total, tendremos el porcentaje de la casa que corresponde a la construcción.

Para la amortización se tiene en cuenta el valor catastral de la construcción, dejando de lado el valor catastral del terreno, ya que los terrenos no pierden valor.

Ejemplo práctico
Valor catastral total: 105.360€
Valor de la construcción: 42.670€
En ese caso, el valor catastral del terreno será de 62.690€ (105.360€-42.670€).
Si dividimos 42.670€ entre 105.360€, obtenemos que el porcentaje de nuestro inmueble que corresponde a la construcción es de un 40,49%.

Según la Ley, el gasto de amortización es el 3% del mayor de estos dos valores:

- El valor catastral de la construcción (en el ejemplo 42.670€).
- El valor de compra que corresponda a la construcción. Calcular esto es muy sencillo: se multiplica el porcentaje del inmueble que corresponde a la construcción (40,49%) por el valor de compra más los gastos de compra. Si por ejemplo nuestra casa nos costó 250.000€ y los gastos de compra fueron de 3.670€, el valor total de compra fue de 253.670€ que, multiplicado por un 40,49%, da 101.468€.

Como vemos, el valor de compra correspondiente a la casa siempre suele ser más alto que el valor catastral de construcción.

En nuestro caso, multiplicamos el mayor de los dos, 101.468€, por el 3%, y nos da que la amortización que podemos aplicarnos es de 3.044,04€.

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