Los Libros Registro son las obligaciones contables y registrales que tienes frente a Hacienda por el desarrollo de las actividad. En concreto, contienen la información de tu actividad económica y se deben completar según el tipo de autónomo que seas.
Las obligaciones variarán según tu actividad: si estás en estimación directa u objetiva, si desarrollas actividades profesionales o empresariales o si, dentro de estas últimas, tu actividad tiene carácter mercantil o no.
De forma esquematizada, podemos resumir que:
A) Cuando tengas actividad empresarial en estimación directa simplificada, seas empresario sin carácter mercantil. o desarrolles actividad profesional, tendrás que tener:
- Libro registro de ingresos.
- Libro registro de gastos.
- Libro registro de bienes de inversión.
Además, los profesionales también deberán tener el Libro registro de provisiones de fondos y suplidos.
B) Cuando tengas actividad empresarial con carácter mercantil en estimación directa normal: tus obligaciones serán las que manda el Código de Comercio y el Plan General de Contabilidad.
C) Cuando tributes por módulos (estimación objetiva), únicamente necesitarás:
- Libro registro de bienes de inversión (cuando deduzcas amortizaciones)
- Libro registro de ventas e ingresos (únicamente si tu actividad es agrícola, ganadera, forestal accesoria o de transformación de productos naturales)
Escrito por Valeria
Actualizado hace más de un año