Si has comprado acciones o participaciones sociales o hecho un préstamo a cooperativas agrarias o de explotación comunitaria podrás deducirte entre un 20% y un 40% de estas inversiones.
En concreto, el importe de la deducción Pues bien, depende de donde inviertas:
a) En el caso estándar, puedes deducirte el 30% con el límite de 6.000€ (es decir, para beneficiarte de la totalidad como máximo deberías aportar 20.000€)
b) Un 15% adicional con el límite de 9.000€ si se trata de PYMES innovadoras, tengan la calificación de proyecto empresarial tecnológico o estén participadas por universidades u organismos de investigación.
Los requisitos que tiene que cumplir la sociedad para aplicar la deducción son:
a) Tiene que ser SA; SL; SAL o SC
b) Tiene que realizar una actividad económica, y no se entiende que tenga actividad económica cuando se dedica a la gestión de un patrimonio.
c) La sociedad debe tener su domicilio social y fiscal en Galicia
d) La sociedad tiene que tener empleados, que tenga una persona contratada a tiempo completo y dada de alta en la seguridad social en el año de su constitución
Además tiene que cumplir los siguientes requisitos:
- Tu participación, junto con las de tu cónyuge o de las personas unidas por razón de parentesco, hasta el tercer grado incluido no puede ser superior al 40 por ciento del capital social de la entidad o de sus derechos de voto en ningún momento y durante los tres años siguientes a la constitución o ampliación.
- Las entidades objeto de inversión deben tener el domicilio social y fiscal en Galicia durante los tres años siguientes a la constitución o ampliación.
- Deben tener como objeto social exclusivo la actividad agraria.
- Las operaciones objeto de deducción deben formalizarse en escritura pública.
- Las participaciones deben mantenerse durante un período mínimo de tres años en el patrimonio del contribuyente, siguientes a la constitución o ampliación.
- En el caso de préstamos, deben referirse a operaciones de financiación con un plazo igual o superior a 5 años.
- En el caso de garantías, estas deberán extenderse todo el tiempo de vigencia de la operación, y no podrán ser inferiores a cinco años.
Por último, cabe señalar que, independientemente de lo que hayas ganado en el año, si cumples los requisitos, puedes aplicarte la deducción.
Escrito por Sebastian
Actualizado hace más de 2 años