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Deducción por realización de préstamos a una empresa de nueva creación en Galicia
Deducción por realización de préstamos a una empresa de nueva creación en Galicia
Sebastian avatar
Escrito por Sebastian
Actualizado hace más de un año

En Galicia, si en vez de compra de acciones has hecho un préstamo en el ejercicio de constitución o de ampliación de la sociedad, podrás aplicarte un 30% de ese importe como deducción.

Los requisitos que tiene que cumplir la sociedad para aplicar la deducción son:
a) Tiene que ser SA; SL; SAL o SC
b) Tiene que realizar una actividad económica, y no se entiende que tenga actividad económica cuando se dedica a la gestión de un patrimonio.
c) La sociedad debe tener su domicilio social y fiscal en Galicia
d) La sociedad tiene que tener empleados, que tenga una persona contratada a tiempo completo y dada de alta en la seguridad social en el año de su constitución

Además, tiene que cumplir los siguientes requisitos:
- Tu participación, junto con las de tu cónyuge o de las personas unidas por razón de parentesco, hasta el tercer grado incluido, no puede ser superior al 40 por ciento del capital social de la entidad o de sus derechos de voto en ningún momento y durante los tres años siguientes a la constitución o ampliación.
- Las entidades objeto de inversión deben tener el domicilio social y fiscal en Galicia durante los tres años siguientes a la constitución o ampliación.
- Deben tener como objeto social exclusivo la actividad agraria.
- Las operaciones objeto de deducción deben formalizarse en escritura pública.
- Las participaciones deben mantenerse durante un período mínimo de tres años en el patrimonio del contribuyente, siguientes a la constitución o ampliación.
- En el caso de préstamos, deben referirse a operaciones de financiación con un plazo igual o superior a 5 años.
- En el caso de garantías, estas deberán extenderse todo el tiempo de vigencia de la operación, y no podrán ser inferiores a cinco años.

Por ejemplo. Pepito SL se constituye en enero de 2020, y realiza una ampliación de capital en septiembre 2022. Podrás aplicarte la deducción (si cumples los requisitos) si compras participaciones cuando se crea (en 2020), o en la ampliación de capital en septiembre de 2022. Sin embargo, si la ampliación de capital fuese en septiembre 2023, no podrías aplicar la deducción, ya que la ampliación se realiza en el año 4 desde su creación.

Por último, cabe señalar que, independientemente de lo que hayas ganado en el año, si cumples los requisitos, puedes aplicarte la deducción.

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