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Gastos de dietas y asignaciones de viaje de autónomos
Gastos de dietas y asignaciones de viaje de autónomos
Valeria avatar
Escrito por Valeria
Actualizado hace más de un año

Podrás deducir aquellos gastos relacionados con viajes que hayas tenido que realizar con motivo del desarrollo de tu actividad económicas.

Es muy importante que el viaje esté relacionado con tu actividad, y no sean viajes de ocio o de carácter personal. Hacienda puede exigir documentar y justificar el motivo del viaje para el desarrollo de tu actividad, por ello, es conveniente poder relacionar estos viajes con facturas de ingreso posterior o anterior. Los ejemplos más comunes de este tipo de gasto suelen ser: viajes para mantener reuniones con clientes o proveedores, cerrar acuerdos, actuaciones de representación o gestión, etc.

Como en el resto de gastos, tendrás que conservar la correspondiente factura. Finalmente, y en el caso de las dietas, deberás tener en cuenta que:

- Únicamente se aceptarán los gastos que se produzcan en establecimientos de restauración y hostelería.
- Solo podrás pagar mediante métodos electrónicos de pago.
- El importe a deducir máximo, será de 26,67€ al día o 53,34€ en caso de que tengas que pernoctar en otro municipio distinto al de tu actividad o residencia. En el extranjero, 48,08€ sin llegar a pernoctar o 91,35€ pasando la noche fuera.

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