Tributación de los Bonos del Estado:
- El importe de los intereses percibidos por los bonos (que se llama cupón), tiene que incluirse como un rendimiento de capital mobiliario en la declaración.
- Los ingresos generados por la venta o amortización de los Bonos, Letras del Tesoro u Obligaciones del Estado tienen la consideración de rendimiento de capital mobiliario. Por lo tanto, para calcular dicho ingreso tenemos que restar el valor de venta o amortización al precio de compra o suscripción de los Bonos u Obligaciones que se venden o amortizan. Esa resta es la que tenemos que incluir como rendimiento del bono. Es importante que tengamos en cuenta que a dichos importes de venta les podemos restar los gastos accesorios de venta, y a los importes de compra podemos sumarles los gastos de compra, siempre y cuando ambos estén justificados.
Cabe destacar, que los bonos extranjeros tienen el mismo tratamiento que los españoles.
Escrito por Sebastian
Actualizado hace más de 2 años