Puedes incluir lo que te corresponde a ti. Es decir, si tienes la casa al 50% y pagáis entre los dos al año en hipoteca 8.000€, podrás incluir 4.000€.
Normalmente, en la información que proporciona hacienda cada año ya viene prorrateado lo que pagas por el porcentaje de propiedad, pero conviene que lo revises.\t
Si tengo el 50% de propiedad de la vivienda, ¿cuál es la cantidad que puedo incluir como gastos para la deducción por inversión en vivienda habitual en Canarias?

Escrito por Sebastian
Actualizado hace más de 3 años