Sí, siempre y cuando lo hayas tenido que contratar como requisito indispensable para que te concediesen la hipoteca.
En palabras de Hacienda, podrás incluir el gasto siempre que el seguro esté incluido en las condiciones de los préstamos hipotecarios obtenidos para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual.\t
Escrito por Sebastian
Actualizado hace más de 2 años