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Inversión empresas de nueva creación
Inversión en empresas de nueva creación estatal
Inversión en empresas de nueva creación estatal
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Escrito por Paula Urcera Valladares
Actualizado hace más de una semana

Podrás aplicarte la deducción por inversión en empresas de nueva creación estatal cuando compres acciones o participaciones de empresas no cotizadas que realicen actividades económicas, cuyos fondos propios sean igual o inferiores a 400.000€.

El año en el que puedes aplicarte la deducción es en el año en el que se crea, o en el momento en el que la empresa haga una ampliación de capital, siempre y cuando esta ampliación esté dentro de los 3 años siguientes a la fecha en la que se creó.

Por ejemplo. Pepito SL se constituye en enero de 2020, y realiza una ampliación de capital en septiembre 2022. Podrás aplicarte la deducción (si cumples los requisitos) si compras participaciones cuando se crea (en 2020), o en la ampliación de capital en septiembre de 2022. Sin embargo, si la ampliación de capital fuese en septiembre 2023, no podrías aplicar la deducción, ya que la ampliación se realiza en el año 4 desde su creación.

Es importante saber las siguientes cosas sobre esta deducción:

1) ¿Son compatibles la deducción estatal con las de las comunidades autónomas?

- Si te aplicas la deducción por inversión en empresas de nueva creación de la comunidad autónoma, no puedes aplicarte la deducción estatal. En TaxDown, gracias a nuestro algoritmo, elegiremos la deducción que más beneficios te aporte.

2) Los requisitos que tiene que cumplir tu inversión para poder aplicarse la deducción son:

- Debes invertir el año en que se crea, o en una ampliación de capital que realice la empresa, siempre que esta ampliación se haga en los 3 años siguientes a su constitución
- Debes mantener la inversión más de 3 años y menos de 12
- No puedes tener más del 40% del capital social de la entidad o sus derechos de voto, ni individualmente, ni conjuntamente con tu marido/mujer, o familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad
- No pueden ser acciones de una empresa mediante la que realizabas la misma actividad anteriormente con otra titularidad

3) Los requisitos que tiene que cumplir la sociedad son:

- Tiene que ser SA; SL; SAL; o SLL, y no puede ser cotizada. Este requisito se debe cumplir todos los años que tengas la participación
- Tiene que realizar una actividad económica, y no se entiende que tenga actividad económica cuando se dedica a la gestión de un patrimonio
- Los fondos propios de la entidad no pueden ser superiores a 400.000€ en el año en el que compres las acciones/participaciones

4) ¿Cuánto es el máximo que se puede invertir?

- Puedes invertir lo que quieras. Ahora bien, para aplicarte la deducción, como máximo vas a poder aplicarlo sobre 60.000€ anuales. De esos 60.000€ invertidos podrás deducirte el 30%.

5) ¿Existe algún límite familiar para la inversión?

- Sí, no puedes tener más del 40% del capital social de la entidad o sus derechos de voto, ni individualmente, ni conjuntamente con tu marido/mujer, o familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Si incumples estos requisitos no puedes aplicarte la deducción.

6) ¿Qué sucede si dejo de cumplir los requisitos años después?

- Si dejas de cumplir los requisitos, deberás marcar la casilla en TaxDown, en la que se pregunta si has dejado de cumplir los requisitos para la aplicación de alguna de las deducciones, y deberás devolver a hacienda la cantidad que te has desgravado mediante la aplicación de la deducción, más sus correspondientes intereses de demora.

¿Ha quedado contestada tu pregunta?