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Rehabilitación, ampliación o ampliación de hipoteca a efectos de la deducción por inversión en vivienda habitual, ¿cuándo puedo aplicarlas?

Escrito por Sebastian

REHABILITACIÓN
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Solo puede considerarse como rehabilitación cuando esta obra haya modificado la estructura, fachada o cubierta de la casa (u otras análogas) y:
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- a) El coste global de las obras sea superior al 25% del precio de compra de la vivienda (cuando la casa se compró en los dos años anteriores a iniciar las obras); o
- b) El coste global de las obras sea superior al 25% del precio de mercado de la vivienda en el momento de iniciar las obras, cuando la casa se haya comprado hace más de dos años de iniciar las obras.
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A estos efectos, se descontará del precio de adquisición o del valor de mercado de la vivienda la parte proporcional correspondiente al suelo.
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AMPLIACIÓN
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Hacienda considera que has ampliado tu vivienda habitual cuando aumentes su superficie habitable, mediante cerramiento de parte descubierta o por cualquier otro medio, de forma permanente y durante todas las épocas del año.
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Puedes aplicarte la deducción siempre y cuando hayas pagado cantidades por este concepto antes del 1 de enero de 2013 y además, las obras estuvieran terminadas antes de 1 de enero de 2017.
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AMPLIACIÓN DE HIPOTECA
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Solo se podrá aplicar si la ampliación la hiciste antes del 2013. Si has ampliado la hipoteca después del 2013, no podrás deducirte el % correspondiente a la ampliación.
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También debes tener en cuenta que, si pediste la hipoteca para pagar tu vivienda habitual y otros bienes (como, por ejemplo, un coche), solo podrás deducirte el % de la hipoteca correspondiente al valor de la vivienda.
Este dato lo puedes encontrar en el extracto bancario de tu hipoteca.
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