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Rehabilitación, ampliación o ampliación de hipoteca a efectos de la deducción por inversión en vivienda habitual, ¿cuándo puedo aplicarlas?
Rehabilitación, ampliación o ampliación de hipoteca a efectos de la deducción por inversión en vivienda habitual, ¿cuándo puedo aplicarlas?
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Escrito por Sebastian
Actualizado hace más de una semana

REHABILITACIÓN

Solo puede considerarse como rehabilitación cuando esta obra haya modificado la estructura, fachada o cubierta de la casa (u otras análogas) y:

- a) El coste global de las obras sea superior al 25% del precio de compra de la vivienda (cuando la casa se compró en los dos años anteriores a iniciar las obras); o
- b) El coste global de las obras sea superior al 25% del precio de mercado de la vivienda en el momento de iniciar las obras, cuando la casa se haya comprado hace más de dos años de iniciar las obras.

A estos efectos, se descontará del precio de adquisición o del valor de mercado de la vivienda la parte proporcional correspondiente al suelo.

AMPLIACIÓN

Hacienda considera que has ampliado tu vivienda habitual cuando aumentes su superficie habitable, mediante cerramiento de parte descubierta o por cualquier otro medio, de forma permanente y durante todas las épocas del año.

Puedes aplicarte la deducción siempre y cuando hayas pagado cantidades por este concepto antes del 1 de enero de 2013 y además, las obras estuvieran terminadas antes de 1 de enero de 2017.

AMPLIACIÓN DE HIPOTECA

Solo se podrá aplicar si la ampliación la hiciste antes del 2013. Si has ampliado la hipoteca después del 2013, no podrás deducirte el % correspondiente a la ampliación.

También debes tener en cuenta que, si pediste la hipoteca para pagar tu vivienda habitual y otros bienes (como, por ejemplo, un coche), solo podrás deducirte el % de la hipoteca correspondiente al valor de la vivienda.
Este dato lo puedes encontrar en el extracto bancario de tu hipoteca.

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