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Rehabilitación vivienda
Deducción por inversión en rehabilitación de viviendas destinadas a alquiler en núcleos rurales en Castilla y León
Deducción por inversión en rehabilitación de viviendas destinadas a alquiler en núcleos rurales en Castilla y León
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Escrito por Sebastian
Actualizado hace más de una semana

En Castilla y León existe una deducción mediante la que, si decides rehabilitar una casa para ponerla en alquiler, puedes deducirte el 15% de lo que has invertido en rehabilitarla, con el límite de 4.000€.

Es decir, si has pagado 15.000€ por rehabilitarla podrás deducirte 3.000€, y si has pagado 20.000€ o más, 4.000€.

Para aplicarte esta deducción la casa debe estar situada en un municipio o en una entidad local menor de menos de 10.000 habitantes o de menos de 3.000 habitantes si está a menos de 30km de la capital de provincia y el valor de la vivienda debe ser inferior a 135.000 euros.

Además, tienes que cumplir con los siguientes requisitos para aplicar la deducción:
- Tienes que tenerla alquilada durante 5 años, o al menos ofertada para el alquiler.
- La persona a quien se la alquiles no puede ser tu cónyuge, ni ascendientes, descendientes o familiares hasta el tercer grado de parentesco.
- El alquiler mensual no puede superar los 300 euros.
- La fianza legal tiene que encontrarse depositada conforme a la normativa aplicable

Adicionalmente, si has rehabilitado tu casa, la rehabilitación no puede ser cualquier tipo de obra sino que tendrá que cumplir con alguno de los siguientes requisitos:

1.º Que su objeto principal sea la reconstrucción de las mismas, entendiéndose cumplido este requisito cuando más del 50 por ciento del coste total del proyecto de rehabilitación se corres­ponda con obras de consolidación o tratamiento de elementos estructurales, fachadas o cubier­tas o con obras análogas o conexas a las de rehabilitación.

2.º Que el coste total de las obras a que se refiera el proyecto exceda del 25 por ciento del precio de adquisición de la edificación si se hubiese efectuado aquélla durante los dos años inmediatamente anteriores al inicio de las obras de rehabilitación o, en otro caso, del valor de mercado que tuviera la edificación o parte de la misma en el momento de dicho inicio. A estos efectos, se descontará del precio de adquisición o del valor de mercado de la edificación la parte proporcional correspondiente al suelo.

Por último, hay que tener en cuenta que hay un límite de ingresos para poder aplicara esta deducción. Es un cálculo un poco complicado. En TaxDown lo realizamos por ti, pero debes cumplir que tu base imponible menos tus mínimos personales y familiares no sean superiores a 18.900€.

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