Si estás pensando en modificar la cuenta bancaria asociada a tu expediente en la Agencia Tributaria, es importante saber que todavía estás a tiempo de hacerlo, siempre que no se haya emitido la orden de domiciliación por parte de Hacienda.
Mientras esa orden no se haya generado, puedes actualizar tu cuenta sin mayores complicaciones. Esta gestión puede evitar problemas posteriores como la devolución del cargo por fondos insuficientes o por tratarse de una cuenta incorrecta.
¿Cuáles son las fechas límite?
La Agencia Tributaria emite las órdenes de domiciliación en fechas muy concretas:
25 de junio para el primer plazo o el pago único de la Renta.
30 de septiembre para el segundo plazo (en caso de fraccionamiento).
Hasta esos días incluidos, puedes modificar tu cuenta bancaria. A partir de ahí, si el cargo no puede realizarse correctamente, la deuda se considerará impagada y será necesario realizar un pago directo mediante NRC (Número de Referencia Completo).
Si tienes dudas sobre cómo realizar este cambio o necesitas asistencia, contacta a support@taxdown.es y te ayudaremos con el proceso.