La estimación directa constituye el método general para la determinación el rendimiento neto de actividades económicas, admitiendo dos modalidades: normal y simplificada.
La modalidad normal del método de estimación directa debe aplicarse obligatoriamente para la determinación del rendimiento neto de las actividades económicas desarrolladas por el contribuyente, salvo que dicho rendimiento neto se determine mediante el método de estimación objetiva, siempre que se cumpla alguno de los siguientes requisitos:
- Que el importe neto de la cifra de negocios del total de las actividades que se desarrollen supere la cantidad de 600.000 euros anuales en el año anterior.
- Que se renuncie a la modalidad simplificada del método de estimación directa.
Si tienes más dudas accede a este video explicativo:
Escrito por Valeria
Actualizado hace más de un año