En el caso de que, siendo autónomo, solo hayas facturado a un cliente a lo largo del año, es posible que puedas aplicarte esta reducción. Para ello, debe cumplirse que no estés vinculado de ninguna manera con este cliente o que tengas el reconocimiento de \trabajador autónomo económicamente dependiente\ (también conocido como TRADE). Sin embargo, además de haber efectuado todas tus ventas o prestaciones de servicios al mismo cliente, debes cumplir los siguientes requisitos:
1.Que los gastos que declaras no sean superiores al 30% de tus ingresos íntegros.
2.Que hayas cumplido todas tus obligaciones respecto a la contabilidad y registro a lo largo del año.
3.No haber percibido en el mismo año rentas del trabajo (es decir, no haber trabajado por cuenta ajena). Asimismo, en caso de haber recibido prestaciones por desempleo o pensiones, estas no pueden ser superiores a 4.000€.
4.Que te hayan retenido al menos sobre el 70% de tus rentas del año.
5.Que no hayas realizado ninguna actividad económica a través de una entidad en régimen de atribución de rentas.
En el caso de que cumplas todos los requisitos anteriores, podrás aplicarte una reducción de entre 2.000 € y 8.498 € dependiendo de tu nivel de renta, e incluso podría alcanzar los 16.248 € si eres discapacitado. ¿Te supone un dolor de cabeza calcular todo esto? ¡No te preocupes! En TaxDown hacemos los números por ti y te aplicamos la reducción de forma automática si tienes derecho a ella.
Por otra parte, te advertimos que esta reducción es incompatible tanto con la deducción de gastos de difícil justificación como con la reducción para contribuyentes con rentas no exentas inferiores a 12.000 euros.
Escrito por Valeria
Actualizado hace más de una semana