Sí, podrás deducirte todo lo que hayas invertido en la compra o rehabilitación, con el máximo de 5.000€, en el año en que hayas comprado o iniciado la rehabilitación de la vivienda protegida.
Además, si no tienes cuota suficiente en tu declaración para aplicarte toda la deducción ese año, podrás deducirte lo que te falte en los tres años siguientes.
¿Y si has comprado o rehabilitado la vivienda junto con alguien más? En ese caso, cada uno se deducirá la parte que haya pagado y el importe máximo de 5.000€ se prorratea entre vosotros por partes iguales.
Escrito por Sebastian
Actualizado hace más de 2 años