Sí, si tu cónyuge, ascendientes o descendiente que vivan contigo, tienen una discapacidad igual o superior al 65%, podrás deducirte el 3% de lo pagado por la adquisición o adecuación de tu vivienda habitual, salvo la parte que corresponda a los intereses.
Para que puedas aplicarte la deducción, la persona discapacitada no puede tener rentas anuales superiores a los 7.519,59€.
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Escrito por Sebastian
Actualizado hace más de una semana