Sí, si tu cónyuge, ascendientes o descendiente que vivan contigo, tienen una discapacidad igual o superior al 65%, podrás deducirte el 3% de lo pagado por la adquisición o adecuación de tu vivienda habitual, salvo la parte que corresponda a los intereses.
Para que puedas aplicarte la deducción, la persona discapacitada no puede tener rentas anuales superiores a los 7.519,59€.
Escrito por Sebastian
Actualizado hace más de 2 años