Puedes aplicarte la deducción por cuidado de familiares si tienes a tu cargo a descendientes menores de tres años, ascendientes mayores de setenta, o ascendientes, descendientes, cónyuge o hermano con una discapacidad igual o superior al 65%. La deducción será de 150 euros por cada familiar.
Además, el familiar que dé derecho a la deducción no puede haber obtenido rentas brutas anuales superiores a 6.000 euros. En el caso de familiares con discapacidad, el límite de rentas brutas es de 11.279,39€.
Para que se entienda que hay convivencia, tienen que haber residido contigo más de 183 días en el año.
Escrito por Sebastian
Actualizado hace más de un año