No, los gastos de colegios profesionales únicamente son deducibles en la declaración de la renta cuando los soporta el propio contribuyente en relación con su propia actividad profesional o laboral, y con el límite de 500 euros anuales.
Por tanto, no se pueden incluir como gasto deducible los estudios de formación profesional de un hijo, ya que no se trata de una cuota colegial del contribuyente ni está relacionada con su actividad profesional directa.
Si tienes dudas sobre esta información, escribe a support@taxdown.es.