Por regla general, los ingresos obtenidos por el arrendamiento de bienes inmuebles, tienen la consideración de rendimientos del capital inmobiliario.
Ahora bien, se entenderá que el arrendamiento de inmuebles se realiza como actividad económica, únicamente cuando para de esta se utilice, al menos, una persona empleada con contrato laboral y a jornada completa.
Escrito por Valeria
Actualizado hace más de un año