Puedes aplicarte la deducción en los siguientes casos:
a) Cuando hayas donado a fundaciones domiciliadas en Cantabria que persigan fines culturales, asistenciales, deportivos o sanitarios, u otros de naturaleza análoga. En todo caso, será preciso que se encuentren inscritas en el Registro de Fundaciones, rindan cuentas al al órgano de protectorado correspondiente y que éste haya ordenado su depósito en el Registro de Fundaciones
b) Donaciones al Fondo Cantabria Coopera
c) Donaciones a asociaciones domiciliadas en Cantabria cuyo objeto sea el apoyo a personas con discapacidad
Podrás deducirte el 15% de las cantidades donadas, salvo donaciones al fondo Cantabria Coopera, en cuyo caso será el 12%.
Escrito por Sebastian
Actualizado hace más de 2 años