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Si alquilo alguna vivienda como arrendador, ¿Puedo aplicarme alguna deducción por pagar un seguro de impago de arrendamientos?

Escrito por Sebastian

Puedes deducirte el 75% de las primas de seguros de crédito que cubran total o parcialmente el impago de las rentas por razón de arrendamiento a un tercero destinado a vivienda, con un límite de 440 euros.
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Podrás aplicarte esta deducción si tienes una vivienda alquilada con un contrato superior al año, has depositado la fianza que te dieron los inquilinos en el Instituto Balear de Vivienda y declaras los ingresos derivados de ese alquiler en tu declaración.
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