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Deducción por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o con discapacidad en Madrid: ¿Puedo aplicarme algún beneficio por cuidar a mayores?
Deducción por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o con discapacidad en Madrid: ¿Puedo aplicarme algún beneficio por cuidar a mayores?
Paula Urcera Valladares avatar
Escrito por Paula Urcera Valladares
Actualizado hace más de una semana

En Madrid, existe una deducción por cuidar a mayores de 65 años o personas que tengan una discapacidad.

Para poder aplicártelo tienes que:

a) Cuidar a una persona mayor o discapacitada más de la mitad del año, que no sea familiar tuyo hasta cuarto grado (un familiar lejano sí, pero tu madre, padre, tío o tía no entran en este concepto).
b) No puedes obtener subvenciones de la Comunidad de Madrid para cuidar a esta persona.
c) Tienes que tener un certificado de la Consejería de Madrid, donde se acredite que ni tú ni la persona a la que cuidas habéis recibido ayudas de la Comunidad de Madrid por este acogimiento.

Además, para poder aplicar la deducción tu base imponible tiene que ser inferior a 25.620€.

¿Qué es la base imponible y cómo adivinas esto? Pues más o menos, cuando tus ingresos totales son inferiores a 28.000€. No obstante, no te preocupes, desde TaxDown calculamos ese requisito al hacer el proceso.

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