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Deducción por acogimiento familiar de menores en Madrid

Escrito por Sebastian

En la Comunidad de Madrid existe una deducción por acogimiento de hijos. Para poder aplicarla, debes tener a un menor acogido más de 183 días dentro del año.
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Por el primer hijo acogido, la deducción es de 300€, por el segundo 375€ y por el tercero o sucesivos 450€.
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Si tienes la custodia exclusiva, los importes serán de 600€ por el primer hijo, 750€ por el segundo hijo, y 900€ por el tercer hijo o sucesivos.
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Ahora bien, si has adoptado al niño ese año no podrás aplicar esta deducción, sino la de nacimiento o adopción.
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Es importante, que para aplicar la deducción, tengas el certificado acreditativo de la formalización del acogimiento, expedido por la Consejería de la Comunidad de Madrid competente en la materia.
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Para poder aplicar la deducción tu base imponible tiene que ser inferior a 25.620€.
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¿Qué es la base imponible y cómo adivinas esto? Pues más o menos, cuando tus ingresos totales son inferiores a 28.000€. No obstante, no te preocupes, desde TaxDown calculamos ese requisito al hacer el proceso.
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