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Deducción por acogimiento familiar de menores en Madrid
Deducción por acogimiento familiar de menores en Madrid
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Escrito por Sebastian
Actualizado hace más de una semana

En la Comunidad de Madrid existe una deducción por acogimiento de hijos. Para poder aplicarla, debes tener a un menor acogido más de 183 días dentro del año.

Por el primer hijo acogido, la deducción es de 300€, por el segundo 375€ y por el tercero o sucesivos 450€.

Si tienes la custodia exclusiva, los importes serán de 600€ por el primer hijo, 750€ por el segundo hijo, y 900€ por el tercer hijo o sucesivos.

Ahora bien, si has adoptado al niño ese año no podrás aplicar esta deducción, sino la de nacimiento o adopción.

Es importante, que para aplicar la deducción, tengas el certificado acreditativo de la formalización del acogimiento, expedido por la Consejería de la Comunidad de Madrid competente en la materia.

Para poder aplicar la deducción tu base imponible tiene que ser inferior a 25.620€.

¿Qué es la base imponible y cómo adivinas esto? Pues más o menos, cuando tus ingresos totales son inferiores a 28.000€. No obstante, no te preocupes, desde TaxDown calculamos ese requisito al hacer el proceso.

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