No, las cantidades que hayas pagado en exceso no son acumulables para años siguientes.Artículos relacionadosDeducción por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en AragónDeducción por adquisición de vivienda habitual de nueva construcción en Castilla y LeónDeducción por compra de vivienda habitual para menores de 36 años de ValenciaDeducción por adquisición de vivienda habitual para jóvenes de 35 años o menos en MurciaDeducción por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual para jóvenes