Sí, si has acogido un menor durante más de 183 días, podrás aplicarte la deducción.
Por el primer hijo acogido la deducción es de 360€. Si has acogido a varios, se multiplica el número de menores acogidos a la vez por 360.
En todo caso, existe un límite de deducción de 1.200€.
No hay ningún límite de ingresos para aplicarte la deducción, ahora bien, si has adoptado al niño ese año, no podrás aplicar esta deducción, sino la de nacimiento o adopción.
Es importante que para aplicar la deducción, tengas el certificado acreditativo de la formalización del acogimiento, expedido por la Consejería competente en la materia.
Escrito por Sebastian
Actualizado hace más de un año