Sí, si has acogido un menor durante más de de 183 días podrás aplicarte la deducción.
Por el primer hijo acogido la deducción es de 240€. Si has acogido a varios, se multiplica el número de menores acogidos a la vez por 240.
En todo caso, existe un límite de deducción de 1.200€.
No haly ningún límite de ingresos para aplicarte la deducción, ahora bien, si has adoptado al niño ese año no podrás aplicar esta deducción, sino la de nacimiento o adopción.
Es importante que para aplicar la deducción, tengas el certificado acreditativo de la formalización del acogimiento, expedido por la Consejería competente en la materia.