Sí, hasta el 30 de junio puedes presentar tantas versiones de la declaración como quieras, y se entenderá como válida la última que presentes.
Después del 30 de junio, que es el límite de plazo de presentación de la declaración, también podrás hacer cambios, aunque con limitaciones y con consecuencias. Por ejemplo:
- No puedes cambiar la opción de tributación. Es decir, si has presentado la declaración de forma individual no podrás cambiarla a conjunta.
- Si el resultado de la nueva declaración es peor, tendrás que pagar un recargo por la diferencia entre el resultado de la primera declaración y el que te ha dado. Si la antigua declaración te salía a devolver 200€ y ahora te sale a pagar 100€, hacienda te pondrá una multa del 5% al 20% sobre esos 300€ de diferencia.
- Si el resultado de la nueva declaración es mejor, hacienda te tendrá que devolver esa diferencia y, dependiendo del resultado, podrá pagarte intereses de demora.
Escrito por Sebastian
Actualizado hace más de 2 años