Tiene que ser una guardería o un centro de educación infantil autorizado (público o privado) en el que se curse el primer ciclo de educación. A estos efectos, no se tienen en consideración las ludotecas, los locales de mera custodia, los campamentos infantiles, los cuidados realizados por familiares retribuidos, los gastos de custodia pagados a “canguros”, el pago de empleados del hogar, etc.
No, esta deducción no se puede ceder.
Escrito por Sebastian
Actualizado hace más de 2 años