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Deducciones generales
Deducción guardería
¿Cuándo puedo incluir el incremento de gasto por guardería?¿Qué cantidad puedo incluir y cuál es el importe máximo del incremento? ¿Qué pasa si soy padre?
¿Cuándo puedo incluir el incremento de gasto por guardería?¿Qué cantidad puedo incluir y cuál es el importe máximo del incremento? ¿Qué pasa si soy padre?
Sebastian avatar
Escrito por Sebastian
Actualizado hace más de una semana

Esta deducción se puede aplicar cuando se tiene el derecho a la deducción por maternidad y además se ha pagado el primer ciclo de educación infantil en una guardería o en un centro de educación infantil autorizado.

El año en que el hijo cumpla 3 años, se puede aplicar este incremento con independencia de que el menor tenga más de 3 años hasta el mes anterior a aquél en el que pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil.

Los gastos que puedes incluir son los de inscripción, matrícula, asistencia y el comedor. Sólo puedes deducir los gastos de aquellos meses que has pagado completos. Es decir, si en julio pagaste sólo medio mes, no podrás sumar lo que pagaste en julio como gasto a tener en cuenta para el cálculo de la deducción.

Asimismo, a los gastos satisfechos se ha de descontar el dinero recibido en concepto de subvenciones y los tickets guardería (como parte de salario flexible o en especie que pagan algunas empresas).A modo de ejemplo: si el precio de la guardería es de 300€ pero tienes una ayuda de 10€ y tu empresa te paga otros 80€ como cheque guardería, será como si solo pagases 200€. Por tanto, solo se tendrán en cuenta para el cálculo de la deducción estos 200€.El importe máximo es de 1.000€ anuales por cada hijo menor de 3 años.

Finalmente, si eres padre, únicamente te la podrías aplicar si cumples con todos los requisitos y además tienes la custodia en exclusiva del menor.

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