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¿Cómo tengo que incluir el porcentaje de participación en la entidad en atribución de rentas?

Escrito por Sebastian

Tienes que introducir el tanto por ciento (%) de participación que tú tienes en la entidad en atribución de rentas.
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Recuerda que tienen la consideración de entidades sometidas al régimen especial de atribución de rentas las sociedades civiles, las herencias yacentes, las comunidades de bienes, incluidas las comunidades de propietarios y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica.
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