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Deducción por donaciones irrevocables, puras y simples al mecenazgo

Escrito por Marta Rayaces

Si has realizado determinadas donaciones en La Rioja este año, podrás deducirte distintas cantidades:
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En primer lugar, te puedes deducir el 15% de lo donado para la promoción y estímulo de actividades culturales, de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica y del deporte.
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En segundo lugar, el 15% de lo donado para la investigación, conservación, restauración, rehabilitación, consolidación, difusión, exposición y adquisición de bienes ubicados en La Rioja, que sean propiedad de la Administración pública de esta Comunidad y/o que hayan sido declarados bienes de interés cultural e inscritos como tales en el Inventario de Patrimonio Histórico de La Rioja.
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Como máximo te podrás deducir 500€ por los dos conceptos anteriores. Además, si en lugar de donar dinero has hecho aportaciones de medios materiales, te lo podrás deducir igualmente calculando su valor.
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En tercer lugar, te puedes deducir (con el límite de 500€) el 20% de lo donado a empresas culturales con fondos propios inferiores a 300.000€, siempre que tengan su domicilio fiscal en La Rioja y las cantidades donadas se usen para desarrollar alguna de las siguientes actividades:
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- La cinematografía, las artes audiovisuales y las artes multimedia.
- Las artes escénicas, la música, la danza, el teatro y el circo.
- Las artes plásticas o bellas artes, la fotografía y el diseño.
- El libro, la lectura y las ediciones literarias, fonográficas y cinematográficas, en cualquier soporte o formato, incluyendo el libro y la lectura.
- Las relacionadas con la investigación, documentación, conservación, restauración, recuperación, difusión y promoción del patrimonio cultural material e inmaterial de La Rioja.
- El folclore y las tradiciones populares de La Rioja, especialmente la música popular y las danzas tradicionales.
- Las artes aplicadas como la joyería y cerámica artesanal.
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Por último, si eres autor de bienes culturales (o heredero de uno), puedes deducirte el 20% del importe por el que estén valorados los bienes culturales de calidad garantizada que dones a las instituciones culturales de La Rioja, con un límite de 500 euros anuales.
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La suma de todas las deducciones anteriores no puede exceder del 30% de tu cuota íntegra autonómica (tranquilo, nosotros nos ocupamos de calcular esto por ti).
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