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Deducción por gastos educativos en Madrid
Deducción por gastos educativos en Madrid
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Escrito por Marta Rayaces
Actualizado hace más de una semana

La deducción cubre los años entre el segundo ciclo de educación infantil (excepto guardería), primaria, y hasta 4º de la ESO (no Bachiller), que es la formación básica obligatoria.

También pueden incluirse gastos respecto de los hijos que cursen Formación Profesional Básica, pero no aquellos que cursen un ciclo de grado superior, bachiller o universidad.

Requisitos o limitaciones de la deducción:
- Para poder aplicar esta deducción la base imponible de todos los miembros de la unidad familiar no puede ser superior a 30.000 euros por el número de miembros de la unidad familiar. Más información.
- Solo podrás aplicarte los gastos correspondientes a la escolarización (matrícula) si tus hijos van a un colegio privado y este se encuentra en España. Más información sobre cuánto puedes deducirte.
- Los gastos por uniforme escolar (que exija el colegio) podrás deducírtelos independientemente de si el colegio es privado o no. Más información sobre cuánto puedes deducirte.
- No podrás deducirte los gastos de comedor, transporte o libros de texto.

Estos límites son por hijos, pero no te preocupes, nosotros nos encargamos de todos los cálculos.

Es importantísimo que guardes las facturas, ya que, en caso de consulta por parte de Hacienda, tendrás que poder demostrar que has tenido estos gastos.

Por último, para poder aplicar esta deducción la base imponible de todos los miembros de la unidad familiar no puede ser superior a 30.000 euros por el número de miembros de la unidad familiar.

¿Y cómo se calcula esto? Pues bien, normalmente, para calcular la base imponible a grandes rasgos, tienes que restar al total de tus ingresos unos 4.000€.

Por lo tanto, imaginemos una familia que están el padre y la madre con tres hijos. Ninguno de los hijos trabaja. El padre gana 33.000€ y la madre 35.000€. En este caso, la base imponible del padre sería de unos 29.000€ y la de la madre 31.000€, la suma 60.000€.

Por otro lado, si multiplicamos los 30.000€ del principio por 5, que son los miembros de la unidad familiar, nos da un total de 150.000€, por lo que las bases imponibles 60.000€, son inferiores al límite, 150.000€, con lo que la deducción se puede aplicar.

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