Sí, en caso de que sigas pagando las instalaciones te podrás deducir lo que hayas pagado en el año.
Asimismo, si anteriormente no pudiste deducirte todos los gastos en los que incurriste por superar la cantidad máxima, tienes un plazo de 4 años para deducirte el resto del coste de las instalaciones.
Escrito por Sebastian
Actualizado hace más de 2 años