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¿Siempre que viva de alquiler en Aragón puedo aplicarme la deducción por alquiler vinculado a determinadas operaciones de dación en pago?
¿Siempre que viva de alquiler en Aragón puedo aplicarme la deducción por alquiler vinculado a determinadas operaciones de dación en pago?
Sebastian avatar
Escrito por Sebastian
Actualizado hace más de una semana

Lamentablemente no. Para poder aplicar la deducción de alquiler de Aragón, el primer requisito es que vivas de alquiler en tu vivienda habitual, en principio de tu propiedad, porque se haya adjudicado para pagar una deuda pendiente de un préstamo o crédito garantizados mediante hipoteca sobre dicha vivienda.

Cuando esto haya ocurrido, has tenido que firmar un contrato de alquiler con opción de compra sobre esta vivienda.

Además, el casero, que entendemos que en este caso va a ser el banco que ha ejecutado la operación de dación en pago, debe depositar la fianza derivada del contrato de alquiler firmado a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el plazo que marca la ley para ello.

Por último, para aplicar esta deducción tu base imponible debe ser menor o igual a 15.000€, que implica que tienes que ganar aproximadamente menos de 17.000€\t

Si cumples con todo lo anterior, podrás deducirte el 10% del importe pagado en el año, con un máximo anual de 4.800€; es decir, como máximo la deducción será de 480€.

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