Podrás aplicártelo cuando hayas pagado impuestos en el extranjero, y ese ingreso tenga que tributar en la declaración de la renta en España.
Por ejemplo, obtienes un interés por una cuenta que tienes en abierta en Francia. Como eres residente fiscal en España debes tributar por renta de fuente mundial. Si vas al convenio entre España y Francia se permite a Francia gravar esos intereses. Pagarás impuestos en Francia y, como tienes que incluir ese ingreso en la declaración, lo incluirás y, además incluirás el impuesto pagado en Francia.
Sin embargo, si en la declaración de la renta de España por ley no lo tienes que incluir, tampoco podrás incluir el impuesto pagado en el extranjero. Por ejemplo, cuando los rendimientos del trabajo quedan exentos por 7p; aunque en destino hayas pagado impuestos, como en España ese ingreso no tienes que incluirlo, no podrás aplicarte deducción por doble imposición internacional.
Escrito por Paula Urcera Valladares
Actualizado hace más de 2 años