Cada año, la Ley de Presupuestos Generales del Estado establece una serie de actividades prioritarias de mecenazgo.
Las donaciones en favor de estas actividades obtienen una deducción adicional de un 5% (link).
Es deducible el 80% de los primeros 150€, y el 35% de la resto del donativo, (que será del 40% si es una donación recurrente). El límite, es el 15% de la base liquidable, pero tranquilo, en TaxDown lo calculamos automáticamente para ponértelo fácil.
Escrito por Sebastian
Actualizado hace más de 2 años